Capacidad económica como principio del sistema tributario
Este artículo parte del hecho que para financiar los bienes y servicios públicos que el Estado está en la obligación de garantizar a los ciudadanos, es preciso utilizar como criterio de distribución de la carga tributaria la capacidad económica, en virtud del principio de solidaridad del sistema imp...
Autor Principal: | |
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Formato: | Online |
Lenguaje: | Español (Spanish) |
Publicado: |
Centro de Estudios Fiscales
2003
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Acceso en línea: | https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/2668 |
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ojs-article-26682020-10-09T22:10:25Z Capacidad económica como principio del sistema tributario Piza Rodríguez, Julio Roberto Este artículo parte del hecho que para financiar los bienes y servicios públicos que el Estado está en la obligación de garantizar a los ciudadanos, es preciso utilizar como criterio de distribución de la carga tributaria la capacidad económica, en virtud del principio de solidaridad del sistema impositivo. Sin embargo, vale señalar que en Colombia, a pesar de la influencia de la constitución española, en nuestra constitución no se consagró expresamente el principio de capacidad económica. Por lo tanto, ha sido la jurisprudencia quien ha reconocido su valor en diferentes pronunciamientos. Por su parte, la doctrina hace mención de algunas reglas básicas para verificar la capacidad económica, tales como: I) el mínimo exento y la no confiscatoriedad, II) la capacidad neta, III) la capacidad real o presunta, IV) la temporalidad, V) la capacidad global o independiente por cada impuesto y VI) la capacidad contributiva en los bienes inmuebles. Centro de Estudios Fiscales 2003-07-01 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion application/pdf https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/2668 Revista de Derecho Fiscal; Núm. 1 Revista de Derecho Fiscal; No 1 2346-2434 1692-6722 spa https://revistas.uexternado.edu.co/index.php/fiscal/article/view/2668/2314 |
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Universidad Externado de Colombia |
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