Resolución 303-009007 del 26 de abril de 2022 Valor probatorio y presunción de autenticidad de las actas

La Resolución de la CCB resuelve el recurso de reposición interpuesto contra el acto administrativo de inscripción por medio del cual se registró el nombramiento del suplente del gerente de una Sociedad de Responsabilidad Limitada. La CCB encontró que dos de los interesados no contaban con interés p...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores Principales: Superintendencia de Sociedades, Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos
Formato: Otro (Other)
Publicado: 2022
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11520/27852
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spelling ir-11520-278522022-08-27T19:29:44Z Resolución 303-009007 del 26 de abril de 2022 Valor probatorio y presunción de autenticidad de las actas Superintendencia de Sociedades Dirección de Supervisión de Cámaras de Comercio y sus Registros Públicos Valor probatorio de las actas Buena fe Presunción de autenticidad Quorum Convocatoria Presidente y secretario de la reunión Sociedad de responsabilidad limitada Nombramiento Constitución Política Artículo 121. Prohibición de ejercicio de funciones distintas a las atribuidas Constitución Política Artículo 83. Buena fe Código de Comercio Artículo 189. Constancia en actas de decisiones de la junta o asamblea de socios Ley 1429 de 2010 Artículo 42. Presunción de autenticidad Código de Comercio, Artículo 182. Convocatoria y deliberación de reuniones ordinarias y extraordinarias. Categorías Temáticas CCB::Legal y Normativo Multisector La Resolución de la CCB resuelve el recurso de reposición interpuesto contra el acto administrativo de inscripción por medio del cual se registró el nombramiento del suplente del gerente de una Sociedad de Responsabilidad Limitada. La CCB encontró que dos de los interesados no contaban con interés para recurrir el acto administrativo por cuanto aquellos no participaron en la actuación administrativa atacada, así como tampoco presentaron con el escrito del recuso prueba alguna que demuestre su interés legítimo, adicionado a la ausencia de información en los registros de la sociedad que evidencien que los interesados fueron socios capitalistas de la sociedad. La Resolución de la Superintendencia de Sociedades resuelve recurso de apelación interpuesto en contra del acto administrativo de inscripción de nombramiento del suplente del gerente; el recurrente argumenta falta de convocatoria, quórum y firma del presidente y secretario. La Superintendencia, motivada en la conformación de reunión de carácter universal, el valor probatorio de las actas y su presunción de autenticidad, confirma el acto administrativo de inscripción. Resoluciones 1. Quórum y convocatoria. “Al respecto, este Despacho debe manifestar que el control de legalidad que ejercen las cámaras de comercio respecto a la convocatoria se limita a verificar que la misma se haya efectuado conforme lo señalan los estatutos en cuanto a órgano, medio y antelación. Sin embargo, cuando se trata de reuniones universales reguladas en el artículo 182 del Código de Comercio, es decir, reuniones en las cuales concurre la totalidad de los socios, las cámaras de comercio no realizan control alguno respecto de la forma en que fue convocada la reunión” 2. Presidente y secretario de la reunión. “Por lo anterior, se observa que se incluyó en el Acta la designación del presidente y secretario de la reunión, y fueron esas personas las que firmaron el documento, por lo que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Comercio, reiterando que con la aprobación y la firma del documento se da fe de las consignas dejadas en el documento. Por lo tanto, no son de recibo los argumentos del recurrente.” 2022-07-11T19:50:06Z 2022-07-11T19:50:06Z 2022-04-26 Other http://hdl.handle.net/11520/27852 info:eu-repo/semantics/openAccess application/pdf application/pdf application/pdf
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Constitución Política Artículo 83. Buena fe
Código de Comercio Artículo 189. Constancia en actas de decisiones de la junta o asamblea de socios
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Código de Comercio, Artículo 182. Convocatoria y deliberación de reuniones ordinarias y extraordinarias.
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