Tutela - radicación n° 11001-02-03-000-2019-01474-00

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONCEDE la protección constitucional deprecada. En consecuencia, RESUELVE: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO el auto emitido el 5 de marzo de 2019...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Corte Suprema de Justicia
Publicado: 2021
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11520/26390
Descripción
Sumario:En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, CONCEDE la protección constitucional deprecada. En consecuencia, RESUELVE: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO el auto emitido el 5 de marzo de 2019, por medio del cual la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial De Bogotá rechazó por extemporáneo el recurso de anulación que la empresa tutelista formuló contra el laudo arbitral que se emitió el 7 de diciembre de 2018. SEGUNDO: ORDENAR a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que dentro de las cuarenta y ocho horas (48) siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a calificar nuevamente el recurso de anulación que formuló la reclamante, obviando esta vez el término con el que contaba para su presentación, dado lo expuesto en la parte motiva de esta sentencia. Comuníquese telegráficamente lo resuelto a los interesados y de no ser impugnado este proveído, en oportunidad, remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.