Normatividad: Las entidades sin ánimo de lucro, aspectos jurídicos y de registro
ARTÍCULO 633. DEFINICIÓN DE PERSONA JURÍDICA. Se llama persona jurídica, una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia públi...
Autor Principal: | |
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Publicado: |
2020
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11520/25104 |