"¿Debe tributar en Bogotá por concepto de los servicios facturados a personas en otras ciudades a través de la red, por encontrarse domiciliada en esta ciudad? o en su defecto, ¿debe tributar en la respectiva ciudad en donde se encuentre el beneficiario del servicio prestado?"

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Secretaría Distrital de Hacienda
Publicado: 2016
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11520/14136