Derecho de petición N° 1-0000046141 ¿Las empresas unipersonales deben registrar sus libros de actas?
¿Las empresas unipersonales deben registrar sus libros de actas?.
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Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
2015
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Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11520/13591 |
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ir-11520-135912019-07-16T17:19:42Z Derecho de petición N° 1-0000046141 ¿Las empresas unipersonales deben registrar sus libros de actas? Cámara de Comercio de Bogotá Vicepresidencia de Servicios Registrales Sociedades Unipersonales Libros (Registro Mercantil) Registro Mercantil Artículo 28 Código de Comercio Artículo 71 Ley 222 de 1995 Concepto 220-104519 del 2 de noviembre de 2010 Superintendencia de Sociedades Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones ¿Las empresas unipersonales deben registrar sus libros de actas?. Servicios registrales La Superintendencia de Sociedades en reciente concepto No. 220-104519 del 2 de noviembre de 2010 precisa que la empresa unipersonal, en su condición de comerciante, tiene la obligación legal de inscribir sus libros de actas que ordena la ley. Al tener la Empresa Unipersonal la calidad de comerciante como persona jurídica conferida por el artículo 71 de la Ley 222 de 1995 una vez inscrita en el registro mercantil, dichas empresas unipersonales ejercen actos de comercio por presunción legal, precisamente por estar matriculadas en el registro mercantil, por tanto, tienen las mismas obligaciones legales del resto de los comerciantes. No se observa que exista algún impedimento legal o jurídico para la celebración de reuniones en empresas unipersonales con la correspondiente elaboración de actas de asamblea o junta, según la denominación estatutaria que se adopte, con un único empresario, y consecuentemente, el correspondiente registro de los libros de comercio, como son el libro de registro de socios o accionistas y el libro de las actas de sus reuniones. 2015-09-14T14:38:48Z 2015-09-14T14:38:48Z 2014-09 http://hdl.handle.net/11520/13591 Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014 |
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Sociedades Unipersonales Libros (Registro Mercantil) Registro Mercantil Artículo 28 Código de Comercio Artículo 71 Ley 222 de 1995 Concepto 220-104519 del 2 de noviembre de 2010 Superintendencia de Sociedades Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones |
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Sociedades Unipersonales Libros (Registro Mercantil) Registro Mercantil Artículo 28 Código de Comercio Artículo 71 Ley 222 de 1995 Concepto 220-104519 del 2 de noviembre de 2010 Superintendencia de Sociedades Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones Cámara de Comercio de Bogotá Vicepresidencia de Servicios Registrales Derecho de petición N° 1-0000046141 ¿Las empresas unipersonales deben registrar sus libros de actas? |
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