Derecho de petición 2015-00053579 ¿Cómo opera la sancion contenida en el articulo 31 de la Ley 1727 de 2014?
Solicita: “…que de acuerdo con la Ley 1727 de 2014, en su artículo 31, sea cancelada mi matrícula mercantil, ya que durante los últimos 5 (cinco) años no se ha renovado”.
Autores Principales: | Cámara de Comercio de Bogotá, Vicepresidencia de Servicios Registrales |
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Publicado: |
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2015
2015
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11520/13523 |
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