¿Es jurídicamente razonable embargar la razón social de una sociedad?

“La razón social de las personas jurídicas, no constituye un bien cuya mutación esté sujeta a inscripción en el Registro Mercantil. En tal sentido, no es procedente la inscripción de la orden de su embargo en dicho registro, lo cual deberá informarse al juez por parte de la Cámara de Comercio que re...

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Detalles Bibliográficos
Autores Principales: Cámara de Comercio de Bogotá, Vicepresidencia de Servicios Registrales
Publicado: 2015
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11520/13480