Resolución N° 174 de 2014 ¿Cuáles son los requisitos para que proceda la reactivación de sociedades? ¿Cuál es el alcance del control de legalidad que ejerce la Cámara de Comercio en este tipo de operaciones?
La Cámara de Comercio de Bogotá inscribió el acta no. 007 de Junta de Socios de la sociedad PROVISIONES Y SUMINISTROS SAS, mediante la cual se aprobó la reactivación de la misma, la transformación de la misma en una SAS y el nombramiento del representante legal. El representante legal "remov...
Autores Principales: | , |
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Publicado: |
Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014
2015
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Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/11520/13297 |
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ir-11520-132972019-07-16T18:38:38Z Resolución N° 174 de 2014 ¿Cuáles son los requisitos para que proceda la reactivación de sociedades? ¿Cuál es el alcance del control de legalidad que ejerce la Cámara de Comercio en este tipo de operaciones? Cámara de Comercio de Bogotá Vicepresidencia de Servicios Registrales Reactivación de sociedad Artículo 83 Constitución Artículo 84 Constitución Artículo 835 Código de Comercio Sentencia T-069 de 2012 Corte Constitucional Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones La Cámara de Comercio de Bogotá inscribió el acta no. 007 de Junta de Socios de la sociedad PROVISIONES Y SUMINISTROS SAS, mediante la cual se aprobó la reactivación de la misma, la transformación de la misma en una SAS y el nombramiento del representante legal. El representante legal "removido" solicitó la revocatoria directa del acto administrativo. Servicios registrales Reactivación de Sociedades- Control de legalidad sobre lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 1429 de 2010- Control Restringido- Se verifica el cumplimiento de los presupuestos de la reactivación declarados en el acta- Ahora bien, en cuanto a la tesis que plantea el solicitante de la revocatoria, en relación con la obligación que tienen las cámaras de verificar el cumplimiento de los requisitos que señala el artículo 29 de la ley 1429 de 2010 para reactivar sociedades es decir, que las mismas no tengan pérdidas que superen el 70% de los activos y no se haya iniciado la distribución del remanente, debemos precisar que el cumplimiento de dichos requisitos debe ser señalado en el acta que se presenta para inscripción, pero en ningún caso le corresponde a la entidad registral corroborar que se este cumpliendo lo declarado por los socios. Principio de Buena fe - Hacer este control significaría el desconocimiento del principio de la buena fe con la cual cuentan los administrados ante las entidades, y por lo tanto un total abuso de las funciones delegadas a las Cámaras de Comercio. Resoluciones No revocar el registro. 2015-07-27T19:47:49Z 2015-07-27T19:47:49Z 2014-10-21 http://hdl.handle.net/11520/13297 Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2014 |
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Reactivación de sociedad Artículo 83 Constitución Artículo 84 Constitución Artículo 835 Código de Comercio Sentencia T-069 de 2012 Corte Constitucional Categorías Temáticas CCB::Registrar la empresa ante la CCB::Cámara de Comercio de Bogotá-Resoluciones Cámara de Comercio de Bogotá Vicepresidencia de Servicios Registrales Resolución N° 174 de 2014 ¿Cuáles son los requisitos para que proceda la reactivación de sociedades? ¿Cuál es el alcance del control de legalidad que ejerce la Cámara de Comercio en este tipo de operaciones? |
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La Cámara de Comercio de Bogotá inscribió el acta no. 007 de Junta de Socios de la sociedad PROVISIONES Y SUMINISTROS SAS, mediante la cual se aprobó la reactivación de la misma, la transformación de la misma en una SAS y el nombramiento del representante legal.
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