Sumario: | Debido a la demanda de vivienda y la expansión urbanística se ha incrementado el nivel de contaminación por aguas residuales a los cuerpos de agua en los últimos años, ya que estas aguas son vertidas sin ningún tipo de tratamiento a los ecosistemas acuáticos (Lozano-Rivas, 2012). En consecuencia, mediante normas se ha venido trabajando en acciones para mitigar el impacto que generan contaminantes en la calidad del agua a nivel nacional; preliminarmente dichas normas determinaron aspectos generales referente a remoción de contaminantes en residuos líquidos, y actualmente determinan los límites máximos permisibles de vertimientos a cuerpos de aguas superficiales (Jenny Milena Lizarazo Becerra, 2013). Las Plantas de Tratamiento de Agua Residual tienen como finalidad disminuir la concentración de sustancias que puedan afectar a la población y ecosistemas aguas abajo, mediante operaciones y procesos unitarios que eliminan contaminantes a partir de fenómenos físicos, procesos biológicos y químicos (Metcalf y Eddy, INC, 1995). El nivel de tratamiento de estos sistemas dependen de la normativa nacional vigente y de diferentes componentes tales como; la cantidad de habitantes y su comportamiento en el tiempo, las actividades económicas y las características del territorio (Ministerio de Desarrollo Económico, 2000). A nivel global, las causas de la problemática sobre el vertimiento de aguas residuales históricamente ha prevalecido dado que hasta el siglo pasado empieza a haber una sistematización del tratamiento de dichas aguas (Metcalf y Eddy, INC, 1995); entretanto, Colombia comienza a reglamentar vertimientos a cuerpos de agua superficial en las dos últimas décadas del siglo XX (Jenny Milena Lizarazo Becerra, 2013). El atraso en el territorio nacional de construcción y puesta en marcha de sistemas de tratamiento de agua residual se refleja con la ausencia del 52% de algún tipo de planta de tratamiento en Colombia, como también la carencia de reportes de eficiencias de remoción (Ministerio de vivienda, ciudad y territorio., 2018). Cota presenta una problemática similar ya que la PTAR Rozo no trata en totalidad las aguas residuales generadas y no reporta una evaluación que verifique su correcto funcionamiento (Domiciliarios, S. d, 2016), esto indica que no hay una correcta disposición de aguas residuales domesticas por parte del municipio. Así pues, el presente documento describe en detalle la PTAR del municipio de Cota, la cual trata las aguas residuales producidas en la vereda “El Rozo”, realiza la disposición de sus aguas al Rio Bogotá (Domiciliarios, S. d, 2016), cuenta con inicio operaciones en el año 2006 y una vida útil de 25 años. La siguiente monografía llevará a cabo la evaluación de cada uno de los procesos realizados en el tratamiento, estableciendo el funcionamiento de cada una de las unidades; basándose en la normatividad y reglamento técnico vigente, verificando las eficiencias necesarias para el cumplimiento de los anteriormente citados. El documento presentará las recomendaciones pertinentes, acciones correctivas o alternativas de tratamiento y operación si en dado caso es necesario.
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