El principio de necesidad de pena y su aplicación generalizada por los jueces

Toda vez que en la práctica judicial penal el único instrumento común utilizado por los operadores judiciales al momento de implicar responsabilidad y por lo tanto imponer pena a un transgresor de la ley penal ha sido, a través de su desarrollo histórico, el proceso mental de subsunción de un hecho...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: González Serrano, Martha Patricia
Formato: Tesis de maestría (Master Thesis)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: Universidad Libre 2011
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10901/6441
Descripción
Sumario:Toda vez que en la práctica judicial penal el único instrumento común utilizado por los operadores judiciales al momento de implicar responsabilidad y por lo tanto imponer pena a un transgresor de la ley penal ha sido, a través de su desarrollo histórico, el proceso mental de subsunción de un hecho en las categorías del ilícito, como lo son la tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, para una vez constatados éstos, simple y mecánicamente imputar pena, este momento implica para el condenado una masiva vulneración de sus derechos fundamentales, quien no por quedar bajo la égida del brazo armado del Estado, como lo es el Derecho Penal, pierde su dignidad y demás derechos intangibles que al ser humano le asisten. Se advierte pues el desconocimiento total del Principio de Necesidad de Pena, que a pesar de su existencia de hace más de una década dentro de nuestro código de las penas, se sigue escamoteando su aplicación en la práctica. Pudiéndose a través de este instrumento humanizar la respuesta punitiva y por tanto la pena, se propone aquí su utilización en toda la tipología penal. Pero para ello se hace necesario un cambio de paradigma en los operadores judiciales que implique, entre otras, reconocer el segundo momento que le asiste al Principio de Necesidad de Pena, imprescindible para dar una respuesta más justa en el momento de imponer la pena, que es lo que se busca. El cambio de paradigma implica la ampliación y evolución de un pensamiento judicial generalizado hacia un pensamiento problema o de política criminal, que le permita al juez, en el momento de establecer la pena, mediante una carga argumentativa y a partir de un juicio de proporcionalidad, necesidad y razonabilidad, entrar a aplicar ampliamente el Principio de Necesidad de Pena, y no limitadamente como se ha sostenido en la práctica durante los últimos diez años. Que se entre a sostener por los jueces, al momento de imponer penas, que la pena es necesaria y justa, es un juicio de valoración que el juez solo podrá realizar a plenitud bajo un pensamiento problema. Se demostrará aquí cómo no es una mera ampliación en la discrecionalidad del operador judicial, el entrar a aplicar el principio directamente en todos los casos puestos a su disposición y no en los únicos mencionados por el legislador, sino al contrario la búsqueda del respeto a principios de tan alta jerarquía, que implican y conllevan la humanización del derecho Penal. Principios consagrados en nuestra carta magna, como el derecho penal de acto, el principio de culpabilidad, dignidad, derecho penal mínimo y finalmente el Principio de Necesidad de Pena, con su carácter de norma superior, que posee y como único criterio capaz de explicar la aplicación del derecho penal, desde un punto de vista material.