Sostenibilidad financiera de la pensión de vejez en los regímenes pensiónales, el caso colombiano
Se planteó el año pasado en el panorama nacional la necesidad o no, de incluir y elevar a rango constitucional un principio de sostenibilidad fiscal que fuera la directriz en el manejo, distribución y gasto del presupuesto nacional para todas las ramas y órganos del Estado Colombiano, pero, lo que c...
Autores Principales: | , , |
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Formato: | Trabajo de grado (Bachelor Thesis) |
Lenguaje: | Español (Spanish) |
Publicado: |
Universidad Libre
2012
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Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10901/6417 |
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Ortegon, Henry Humberto Camacho Corzo, Pedro David Moreno Guevara, Jessica Viviana Rincón Muñoz, Mónica Liliana Bogotá 2012-09-10T23:26:27Z 2015-08-25T16:30:46Z 2012-09-10T23:26:27Z 2015-08-25T16:30:46Z 2012 https://hdl.handle.net/10901/6417 instname:Universidad Libre reponame:Repositorio Institucional Universidad Libre Se planteó el año pasado en el panorama nacional la necesidad o no, de incluir y elevar a rango constitucional un principio de sostenibilidad fiscal que fuera la directriz en el manejo, distribución y gasto del presupuesto nacional para todas las ramas y órganos del Estado Colombiano, pero, lo que comenzó siendo una contraposición de ideas se convirtió en una regla constitucional con la expedición del Acto Legislativo 03 de 2011 que obliga a que todos los órganos y ramas del poder público a orientar sus actividades dentro de un marco de sostenibilidad fiscal, situación que no se limitó a una simple orientación, sino que incluso obliga a su acatamiento, el incidente de impacto fiscal frente a las decisiones de las corporaciones judiciales puede llegar a modificar o modular un fallo que se considere contrario a un marco de gasto fiscal sostenible. En relación con el Sistema de Seguridad Social, específicamente, el Sistema General de Pensiones esta inclusión no es una situación innovadora, con el Acto Legislativo 01 de 2005 ya se había elevado a rango constitucional el concepto de sostenibilidad financiera, y en consecuencia, el Estado se obligó a garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Pensiones, lo cual implicó que cada ley que se expida con posterioridad a éste, deberá regirse por un marco de sostenibilidad de las disposiciones que allí se establezcan. Así las cosas, existe en el ordenamiento jurídico colombiano un principio constitucional de sostenibilidad para el gasto público y la inversión al Sistema General de Pensiones, y los tres principios de universalidad, eficacia y solidaridad del artículo 48 de la Constitución Política de 1991 que eran el marco de desarrollo y progresividad de este derecho, se deben integrar al cuarto principio mencionado. Pero, cuál es la real trascendencia de este nuevo elemento, qué implicaciones tiene frente a la garantía efectiva de los Derechos económicos, sociales y culturales, y qué resulta financieramente sostenible en el Sistema General de Pensiones para el Estado Colombiano. application/pdf spa spa Universidad Libre Facultad de derecho y ciencias politicas Derecho EL AUTOR, manifiesta que la obra objeto de la presente autorización es original y la realizó sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARÁGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, EL AUTOR, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados, para todos los efectos la universidad actúa como un tercero de buena fe. EL AUTOR, autoriza a LA UNIVERSIDAD LIBRE, para que en los términos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993, Decisión andina 351 de 1993, Decreto 460 de 1995 y demás normas generales sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/ Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia info:eu-repo/semantics/openAccess http://purl.org/coar/access_right/c_abf2 Sostenibilidad financiera de la pensión de vejez en los regímenes pensiónales, el caso colombiano DERECHO LABORAL PENSIONES POR VEJEZ - JURISPRUDENCIA - COLOMBIA JURISPRUDENCIA LABORAL Tesis de Pregrado info:eu-repo/semantics/acceptedVersion http://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f http://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f http://purl.org/coar/version/c_ab4af688f83e57aa info:eu-repo/semantics/bachelorThesis Abogado AYALA, Ulpiano y ACOSTA, Lucia. Reformas Pensionales y costos fiscales en Colombia. Cepal. 2001 CARDENAS RIVERA, Miguel Eduardo. 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Los sistemas de seguridad social respondiendo a la crisis ________ Nº 12. La seguridad social en un mundo que envejece: adaptación a los desafíos demográficos ________ Nº 13: Una seguridad social dinámica para las américas. diversidad como fortaleza ________ Nº 15. Las pensiones y el cambio demográfico ________ Nº 18. Iniciativas Internacionales para ampliar la cobertura de la seguridad social WORLD SOCIAL SECURITY REPORT. International Labour Office. 2010 – 2011 |
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Sostenibilidad financiera de la pensión de vejez en los regímenes pensiónales, el caso colombiano Camacho Corzo, Pedro David Moreno Guevara, Jessica Viviana Rincón Muñoz, Mónica Liliana DERECHO LABORAL PENSIONES POR VEJEZ - JURISPRUDENCIA - COLOMBIA JURISPRUDENCIA LABORAL |
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Se planteó el año pasado en el panorama nacional la necesidad o no, de incluir y elevar a rango constitucional un principio de sostenibilidad fiscal que fuera la directriz en el manejo, distribución y gasto del presupuesto nacional para todas las ramas y órganos del Estado Colombiano, pero, lo que comenzó siendo una contraposición de ideas se convirtió en una regla constitucional con la expedición del Acto Legislativo 03 de 2011 que obliga a que todos los órganos y ramas del poder público a orientar sus actividades dentro de un marco de sostenibilidad fiscal, situación que no se limitó a una simple orientación, sino que incluso obliga a su acatamiento, el incidente de impacto fiscal frente a las decisiones de las corporaciones judiciales puede llegar a modificar o modular un fallo que se considere contrario a un marco de gasto fiscal sostenible. En relación con el Sistema de Seguridad Social, específicamente, el Sistema General de Pensiones esta inclusión no es una situación innovadora, con el Acto Legislativo 01 de 2005 ya se había elevado a rango constitucional el concepto de sostenibilidad financiera, y en consecuencia, el Estado se obligó a garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Pensiones, lo cual implicó que cada ley que se expida con posterioridad a éste, deberá regirse por un marco de sostenibilidad de las disposiciones que allí se establezcan. Así las cosas, existe en el ordenamiento jurídico colombiano un principio constitucional de sostenibilidad para el gasto público y la inversión al Sistema General de Pensiones, y los tres principios de universalidad, eficacia y solidaridad del artículo 48 de la Constitución Política de 1991 que eran el marco de desarrollo y progresividad de este derecho, se deben integrar al cuarto principio mencionado. Pero, cuál es la real trascendencia de este nuevo elemento, qué implicaciones tiene frente a la garantía efectiva de los Derechos económicos, sociales y culturales, y qué resulta financieramente sostenible en el Sistema General de Pensiones para el Estado Colombiano.
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