Derecho jurisdiccional disciplinario colombiano y los estándares internacionales : caso Gustavo Petro vs. Colombia
En el derecho jurisdiccional disciplinario, como especie del derecho sancionador, los estándares internacionales marcan pautas para materializar las garantías de todos los involucrados. Es así como el 8 de julio de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, en el caso Petro Urrego v...
Autores Principales: | , , |
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Formato: | Trabajo de grado (Bachelor Thesis) |
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2022
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Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10901/26011 |
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-, - Barrera Núñez, Miguel Ángel Botero González, Cristhian Camilo Jaramillo Rivera, Juan Camilo Pereira 2023-07-31T15:24:34Z 2023-07-31T15:24:34Z 2022 https://hdl.handle.net/10901/26011 En el derecho jurisdiccional disciplinario, como especie del derecho sancionador, los estándares internacionales marcan pautas para materializar las garantías de todos los involucrados. Es así como el 8 de julio de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, en el caso Petro Urrego vs. Colombia, impuso al Estado colombiano la obligación de adecuar, en un plazo razonable, su ordenamiento interno a los parámetros convencionales y, particularmente, la separación de los roles del acusador y el fallador, uno de los principales argumentos por los cuales el fallo disciplinario, allí discutido, se consideró violatorio de la garantía del juez imparcial, y si bien no se trató de un proceso jurisdiccional disciplinario, los ordenamientos procesales internos en la materia sí adolecen de los mismos vicios. En este sentido, el presente trabajo pretende proponer las reformas legislativas necesarias para acatar ese imperativo, tanto en materia de Ley 270 de 1996, por tratarse de un tema con reserva estatutaria, como en el Código Disciplinario Único, actualmente vigente, y el Código General Disciplinario, próximo a entrar a regir, y en los cuales se mantiene un esquema inquisitivo puro, en tanto radican en un mismo funcionario, singular o colegiado, las labores de indagación, instrucción, calificación y juzgamiento. Universidad Libre Seccional Pereira -- Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales -- Especialización en Derecho Procesal, Probatorio y Oralidad The disciplinary jurisdictional law, as a kind of sanctioning law, international standards set guidelines to materialize the warrants of all those involved, this is how on July 8th, the IACHR in the case of Petro Urrego vs. Colombia imposed on the Colombian State the obligation to adapt its internal legal system to the conventional parameters on a reasonable time, and particularly, the separation of the roles of the accuser and The Court, one of the main arguments for which the disciplinary judgement discussed there was considered as a violation to the right of a fair trial, and although it was not a disciplinary jurisdictional process, the internal procedural orders on the matter do suffer from the same defects. In this sense, the present work aims to propose the Regulatory Reform needed to comply both in terms of Law 270 of 1996, since it is a matter with statutory reserve, as well as in the (Unique Disciplinary Code), currently in force, and the (General Disciplinary Code), soon to enter into force, and in which a pure inquisitorial scheme is maintained, which lies in the same singular or collegiate official, the tasks of investigation, instruction, qualification and judgment; we will then conclude with the texts that would comply with the aforementioned ruling. http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/ Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia info:eu-repo/semantics/openAccess Procedimiento acusatorio control de convencionalidad proceso disciplinario procedimiento inquisitivo derecho sancionador Accusatory procedure conventionality control disciplinary process inquisitorial procedure sanctioning law Derecho jurisdiccional disciplinario colombiano y los estándares internacionales : caso Gustavo Petro vs. Colombia Tesis de Especialización info:eu-repo/semantics/bachelorThesis Arteaga Córdoba, E. 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Ley 734, por la cual se expide el Código Disciplinario Único. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1952_2019.html Congreso de la República de Colombia. (31 de agosto de 2004). Ley 906, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0906_2004.html Congreso de la República de Colombia. (12 de julio de 2011). Ley 1474, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1474_2011.html Congreso de la República de Colombia. (28 de enero de 2019). Ley 1952, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1952_2019.html Consejo de Estado de Colombia. (15 de enero de 2021). Sentencia 11001-03-15- 000-202101606-00. M.P. Nicolás Yepes González. Corte Constitucional de Colombia. (12 de marzo de 2002). Sentencia C-181. M. S. marco Gerardo Monroy Cabra. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/C-181-02.htm Corte Constitucional de Colombia. (15 de octubre de 2002). Sentencia C-870. M. P. Manuel José Cepeda Espinosa. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2002/C-870-02.htm Corte Constitucional de Colombia. (9 de junio de 2005). Sentencia C-591. M. P. Clara Inés Vargas Hernández. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2005/C-591-05.htm Corte Constitucional de Colombia. (8 de agosto de 2012). Sentencia C-619. M. P. 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En el derecho jurisdiccional disciplinario, como especie del derecho sancionador,
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todos los involucrados. Es así como el 8 de julio de 2020 la Corte Interamericana de
Derechos Humanos –CIDH-, en el caso Petro Urrego vs. Colombia, impuso al
Estado colombiano la obligación de adecuar, en un plazo razonable, su
ordenamiento interno a los parámetros convencionales y, particularmente, la
separación de los roles del acusador y el fallador, uno de los principales argumentos
por los cuales el fallo disciplinario, allí discutido, se consideró violatorio de la
garantía del juez imparcial, y si bien no se trató de un proceso jurisdiccional
disciplinario, los ordenamientos procesales internos en la materia sí adolecen de los
mismos vicios. En este sentido, el presente trabajo pretende proponer las reformas
legislativas necesarias para acatar ese imperativo, tanto en materia de Ley 270 de
1996, por tratarse de un tema con reserva estatutaria, como en el Código
Disciplinario Único, actualmente vigente, y el Código General Disciplinario, próximo
a entrar a regir, y en los cuales se mantiene un esquema inquisitivo puro, en tanto
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instrucción, calificación y juzgamiento.
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