Sumario: | Frente a la constante tensión entre la protesta social como derecho y la criminalización de la
misma bajo el argumento de la seguridad nacional, me veo avocada a analizar críticamente la
criminalización de la protesta social, como una propuesta fundamentada en la teoría dogmática
denominada derecho penal del enemigo, desarrollada de manera independiente por Jakobs y
Cancio y por Zaffaroni, para luego confrontarlas con la teoría garantista que desarrolla Luigi
Ferrajoli, dentro de un Estado social y democrático de derechos de corte garantista como lo es
el Estado colombiano. La finalidad es dejar claro que la protesta social en Colombia debe ser
pensada siempre dentro del escenario de derecho fundamental, y no bajo la posibilidad de un
tipo penal.
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