El estándar probatorio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Podemos resumir diciendo que en la Corte IDH, el régimen probatorio es racionalista en cuanto tiene la verdad como fin del proceso. También es de libertad probatoria, condicionado por el método de la sana crítica, las reglas de la experiencia y los principios probabilísticos. En cuanto a los princi...
Autores Principales: | , |
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2022
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Derechos Humanos Jurisprudencia Sistema Americano Human rights Jurisprudence American system Comisión Interamericana de Derechos Humanos Derechos humanos -- América latina Protección de los Derechos Humanos Cano Ramírez, Alberto Isaac Villamil, José Efren El estándar probatorio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos |
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Podemos resumir diciendo que en la Corte IDH, el régimen probatorio es racionalista en cuanto tiene la verdad como fin del proceso. También es de libertad probatoria, condicionado por el método de la sana crítica, las reglas de la experiencia y los principios probabilísticos.
En cuanto a los principios de la sana crítica, la Corte IDH está realizando un giro epistémico hacia una lógica de lo razonable o lógica dialéctica, en el contexto de descubrimiento de las fuentes de prueba y en el contexto de justificación de la sentencia respecto de los medios de prueba.
De otra parte, se está recurriendo a los principios científicos, para complementar y reforzar la construcción objetiva y verdadera de la sentencia.
Finalmente, el alto tribunal ha racionalizado el proceso para evitar la impunidad y los errores judiciales, respecto de los graves acontecimientos y proposiciones o enunciados que se ventilan en materia de derechos humanos.
Es decir, el conocimiento o el convencimiento según el caso, es logrado conforme a la verdad relativa y subsidiariamente a través de la probabilidad de los hechos, como herramienta del estado de derecho, en la medida en que el hecho solo puede ser probado o determinado por medio de la objetividad epistémica. |
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De otra parte, se está recurriendo a los principios científicos, para complementar y reforzar la construcción objetiva y verdadera de la sentencia. Finalmente, el alto tribunal ha racionalizado el proceso para evitar la impunidad y los errores judiciales, respecto de los graves acontecimientos y proposiciones o enunciados que se ventilan en materia de derechos humanos. Es decir, el conocimiento o el convencimiento según el caso, es logrado conforme a la verdad relativa y subsidiariamente a través de la probabilidad de los hechos, como herramienta del estado de derecho, en la medida en que el hecho solo puede ser probado o determinado por medio de la objetividad epistémica. Universidad Libre - Facultad de Derecho - Especialización Derecho Administrativo 2022-02-02T15:10:10Z 2022-02-02T15:10:10Z 2021-12-03 Tesis de Especialización http://purl.org/coar/resource_type/c_7a1f http://purl.org/coar/version/c_ab4af688f83e57aa https://hdl.handle.net/10901/20641 instname:Universidad Libre reponame:Repositorio Institucional Universidad Libre spa Accatino Daniela (2002). Notas sobre la aplicación de la distinción entre contextos de descubrimiento y de justificación al razonamiento judicial. Rev. Derecho (Valdivia) v. 13. Diciembre 2002, p. 10. Accatino Daniela (2010) Formación y valoración de la prueba en el proceso penal. Editorial Legal publishing LexisNexis Benfeld Escobar Johan Sebastián (2013) Los orígenes del concepto de “sana crítica”, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Chile, Rev. Estud.-jurid. No 35, nov 2013. Berger, Peter y Luckman, Tomás, (1967): La construcción social de la realidad. Buenos Aires, Amorrortu. 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