Sumario: | Estamos frente a la cuarta revolución tecnológica, por lo cual emplear las Tecnologías de la Información y la comunicación (TIC) están actualmente inmersas en diferentes áreas, una de ellas el Derecho, las TIC inician su materialización en la jurisdicción Contencioso-administrativa a partir de la ley número 1437 del año 2011, de tal forma que se establecen los lineamientos para utilizar medios electrónicos en materia administrativa.
Una de las formas de materializar el uso de tecnologías en la jurisdicción Contencioso-administrativa ha sido el acto administrativo electrónico, este auge de uso de tecnologías puede generar vacíos normativos o confusión a la hora de aplicar la norma, por lo que este articulo busca estudiar los elementos que dan validez y eficacia al acto administrativo electrónico, haciendo un estudio normativo, teórico y jurisprudencial.
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