%0 Tesis de maestría (Master Thesis) %A Torres Sanabria, Adriana Rocío %D 2020 %G Español (Spanish) %T Kant, de lo universal a lo particular. La fundamentación del Derecho en la Filosofía Crítica %U https://hdl.handle.net/10901/19327 %X La consideración de que el pensamiento de Kant no sólo tiene un valor histórico, sino que podría resultar pertinente en un momento como el nuestro, es la razón por la cual se plantea la idea de volver sobre él. El pensamiento de Kant es una respuesta a la necesidad de una época que requería ciertas clarificaciones, especialmente, en lo que tenía que ver con la dimensión ética del ser humano. Este proyecto pretende demostrar que el derecho no puede estar determinado por condiciones empíricas o antropológicas, sino que debe determinarse desde un principio racional. Es por esto que es pertinente analizar la necesidad que ve Kant de establecer unos preceptos universales a nivel de lo moral para que el comportamiento humano no quede reducido a una explicación puramente circunstancial. Ahora bien, Kant sabe que el comportamiento humano es algo que se da en lo concreto, en lo particular, por eso también necesita explicar cómo este comportamiento se ve afectado por ideas como las disposiciones naturales en las que se encuentra el hombre. Así pues, se pretende hacer un recorrido por lo que se conoce como la filosofía crítica en textos como: Crítica de la razón pura y Crítica de la razón práctica, así como en sus textos: Fundamentación de la metafísica de las costumbres y Metafísica de las costumbres, para analizar los diferentes elementos que configurarán sus reflexiones a nivel de la ciencia, la ética y el derecho, presentes en estas obras. Para lograr tal objetivo, es pertinente analizar concepciones como lo universal y lo necesario, criterios que Kant encuentra en conocimientos como la física y la matemática y que hacen que estas sean ciencias. En este sentido, mostrar cómo Kant pasa de lo universal a lo particular y cómo lo universal se vuelve el fundamento de lo particular es lo que interesa desarrollar en esta investigación, que tiene como pretensión, por un lado, conocer más a fondo este autor tan determinante en el pensamiento moderno y, por otro, establecer qué elementos de la filosofía crítica kantiana servirían para fundamentar el derecho. La pregunta por la vida justa del hombre ha ocupado las reflexiones de varios autores de la modernidad, entre ellos Hobbes, Locke, Rousseau y, por supuesto, Kant. Todos ellos han sentado las bases de la teoría del contrato social, la cual, intenta dar solución al problema antes mencionado: la vida justa del hombre. El contrato social es el resultado del consenso donde los hombres partiendo de su voluntad determinan unas reglas que les permiten ganar la seguridad; que, para el caso de Hobbes, consiste en salir de su condición de guerra y alcanzar la paz. Hobbes considera que el hombre, en su estado de naturaleza, tiene miedo de los otros; por esta condición tiende a perjudicarlos pues, al buscar defender lo que le corresponde por derecho natural, entra en lo que él llama guerra de todos contra todos. Hobbes, al contrario de Aristóteles, no cree en una disposición natural para convivir con otros hombres pues, cuando se asocia lo hace por conveniencia y utilidad; todos los hombres tienen la idea de defenderse y proteger la vida como el bien más preciado. De esta manera, el Estado se presenta como un acto voluntario y racional de los hombres, y no como una realidad natural ni divina. Tanto Hobbes como Locke en su intento por justificar el surgimiento del poder político proponen del contrato social; parten de consideraciones similares sobre el estado de natural de los hombres y el pacto social: los hombres son libres, iguales y racionales, el pacto social es el elemento fundador del poder político que servirá para superar las inseguridades y desequilibrios del estado de naturaleza. Sin embargo, entre los dos autores hay una gran diferencia; mientras Hobbes justifica un estado absolutista, Locke defiende, en su doctrina de la resistencia, la idea de un estado liberal. Mientras que para Hobbes el estado natural y el estado de guerra son lo mismo, para Locke El estado natural es un estado de paz, buena voluntad, asistencia mutua y conservación, mientras el segundo es un estado de enemistad, malicia, violencia y mutua destrucción” ( 2006, p. 24). En el estado natural se vive conforme a la razón, sin un poder común terrenal superior a todos, pero, para él, la fuerza o la intención de querer usarla sobre otras personas es lo que denomina estado de guerra. Locke propone que para comprender como se origina el poder político hay que tener en cuenta que lo hombres se encuentran en un estado natural; un estado libertad, donde cada persona puede ordenar sus acciones y hacer uso de sus posesiones sin salirse de los límites impuestos por la ley natural; un estado igualitario donde el poder se disfruta de manera recíproca. Rousseau, otro de los filósofos contractualitas, plantea que el contrato tiene como fin proteger las libertades políticas más que la propiedad, como en el caso de Locke. Para Rousseau, ningún hombre puede ejercer autoridad de manera natural sobre otro hombre, “puesto que la naturaleza no produce ningún derecho, solo quedan las convenciones como único fundamento de toda autoridad legítima entre los hombres” (Rousseau, 1993, p. 8). Para Rousseau, los individuos ceden todos sus derechos a una comunidad cuando entran a formar parte del contrato, incluyendo la propiedad, de ahí en adelante solo gozarán de los derechos que la voluntad general les conceda. Rousseau explica que esto se reduce a que al ponernos al servicio de todos no nos ponemos a servicio de nadie en particular, y que - al eliminar lo que no es esencial al pacto- queda el hecho de que, al poner en común la persona y toda su potestad bajo el dominio de la voluntad general, cada miembro se convierte en parte inseparable de un todo; este acto de asociación crea una organización moral, que recibe por nombre Estado (Rousseau, 1993).Al dar moralidad a sus acciones el hombre sale de su estado natural y pasa al Estado civil, cambiando en su comportamiento el instinto por la justicia; el impulso es remplazo por el deber, el apetito, por el derecho y de esta manera, ese hombre que sólo se preocupaba por sí mismo, ahora está obligado a actuar acorde con unos principios, y a preguntar a su razón en lugar de a sus apetitos. Libertad natural (derecho ilimitado) es lo que el hombre pierde con el pacto social, pero gana su libertad civil y la propiedad. (Rousseau, 1993). Por su parte, Kant considera el contrato como un concepto puro, y en este sentido es una idea normativa y reguladora. Kant arranca el análisis de una manera diferente a la de sus antecesores, puesto que éste deriva de sus consideraciones acerca del conocimiento por una parte plantea un giro radical en esta problemática sin profundizar ni señalar variaciones en los cimientos sobre las que se había movido la discusión política de su tiempo. Kant da un significado distinto a conceptos como: soberanía, Estado y derecho. Al desarrollar la idea del Estado como un concepto que funda su validez en lo abstracto y en un principio de la razón, Kant plantea la legitimidad del Estado, pues no lo considerar como una realidad histórica y del mundo sensible. Si se compara con otros filósofos que teorizaron sobre el pacto social, Kant no recurre a razones antropológicas, ni basadas en la experiencia para formular su noción de estado natural. Kant hace uso de conceptos universales y objetivos, ya que su validez depende del carácter y el albedrío de cada individuo. Kant en la sección 44 de la Doctrina del Derecho fundamenta la idea de que el estado natural no se sostiene sobre argumentos antropológicos, en cambio afirma que el estado natural es una idea racional (a priori), señalando que no es la experiencia la que indica que antes de establecer el Estado los seres humanos se encuentran en un estado natural (Kant, 2005). El estado natural cumple la función de ser la base en la argumentación de la teoría del contrato social en Kant, que se resume como carencia de normas coercitivas; esta carencia se resolverá por medio de la creación del derecho y del Estado, los cuales son legitimados por el contrato original. El estado natural es el problema que el Estado y el Derecho deben solucionar. Ya en la Crítica de la razón pura, Kant anuncia que toda su filosofía tiene inspiración jurídica, pues en ella señala los derechos que tendría la razón en el campo del conocimiento teórico: La razón es un tribunal donde se van a juzgar las posibilidades teóricas de sí misma. En esta obra también se señala la competencia de la razón y la necesidad de establecer leyes universales a priori. En su Deducción de los conceptos puros del entendimiento (en adelante DCPE), Kant hace referencia al método de los juristas a la hora de diferenciar una cuestión de derecho (quid juris) de una cuestión de hecho (quid facti) (Kant, 1998). Sin embargo, en uno de sus textos dedicados al derecho, la Metafísica de las Costumbres, Kant va a exponer las razones que justifican la posibilidad y autenticidad del derecho humano; no sin antes haber expuesto la doctrina de la Moral en general, en la Crítica de la razón práctica y en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Ahora, Kant va a tratar a la Moral como un sistema filosófico y la va a llamar metafísica de las costumbres, la cual divide en doctrina metafísica del derecho y de la virtud. Kant señala que el derecho y la ética pertenecen ambos al campo de la moralidad, pues su fundamento es la libertad como principio y su ley fundamental es la misma, a la que denomina imperativo categórico; pero se diferencian en su tipo de legislación. Además, afirma que concuerdan en un aspecto que tiene que ver con lo teleológico (los fines éticos del hombre lo llevan a formar sociedades para poder realizar tales fines) y que el derecho se convierte en condición objetiva para la realización ética del hombre, ya que el hombre es enteramente humano cuando abandona de su estado natural y pasa al Estado civil, donde puede ejercer su libertad de acción y practicar sus deberes. De esta manera, Kant divide el derecho en derecho natural y derecho positivo, sin separar la moral del derecho. De esta manera, en la Crítica de la razón pura, Kant establece la universalidad y necesidad del conocimiento teórico, mostrado cómo a través de la síntesis lo que se da en la sensibilidad está regido por las leyes del entendimiento; luego, en la Crítica de la razón práctica, muestra esa misma posibilidad para el conocimiento moral a través del imperativo categórico. ¿En este sentido, es posible pensar esta misma condición para el derecho en Kant, es posible un a priori en el derecho o, como lo plantea Höffe, un imperativo categórico para el derecho? A partir del siglo XIX, los filósofos abandonaron la tarea que tradicionalmente habían tenido, la reflexión sobre el derecho y el Estado, y se la dejaron a los juristas, quienes se apoyaron en el historicismo y en el positivismo, sin perder la conexión con la filosofía, pero sin dar una orientación ética a dicha tarea. Esto trajo consecuencias importantes para el siglo XX, una de ellas es la separación del derecho de la moral (característica del positivismo jurídico), y dicha separación produjo como resultado un conflicto entre el ser y el deber ser del derecho. Desde esta perspectiva, el método del derecho resulta ineficaz e insuficiente para responder a las situaciones de la vida en sociedad y a las metas de la humanidad. La realización de éste proyecto permitiría comprender cómo la filosofía crítica de Kant afectó el campo de la ciencia y de la acción, en el sentido de que la validez objetiva, propuesta por Kant en su crítica, no solo se buscó en el campo teórico sino en el campo moral. Por esto, en la búsqueda de la legitimidad, tanto para el derecho como para la moralidad, se apela a Kant, debido a su valor histórico y a su pertinencia. Kant considera la acción humana como una serie de compromisos que ponen en juego la responsabilidad frente a lo individual y lo colectivo; en esta medida, no se conforma con sólo una reflexión sobre los principios, sino que busca aquellas obligaciones que, inscritas en la autonomía y el imperativo categórico, pueden demostrarse como morales. La teoría del derecho estudiaría cómo se concreta la moralidad en las instituciones humanas, especialmente en el derecho y en el Estado. En la Crítica de la razón pura, Kant propone las condiciones de universalidad y necesidad del conocimiento teórico, mostrado cómo a través de la síntesis lo que se da en la sensibilidad está regido por las leyes del entendimiento; “si se piensa un juicio con estricta universalidad, es decir, de modo que no admita ninguna posible excepción, no deriva de la experiencia, sino que es válido absolutamente a priori” (Kant, 1998, p. 43). Luego, en la Crítica de la razón práctica y en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres muestra esa misma posibilidad para el conocimiento moral a través del imperativo categórico: […] pero como la ley no entraña condición alguna a la que se vea limitada, no queda nada más salvo la universalidad de una ley en general, universalidad a la que debe ser conforme la máxima de la acción, y esta conformidad es lo único que el imperativo representa propiamente como necesario (Kant, 2002, pp. 125-126). En este sentido, se puede pensar esta misma condición para el derecho en Kant, hay un a priori en el derecho al igual que en el conocimiento teórico y práctico o como lo plantea Höffe, un imperativo categórico para el derecho. Como objetivo general de esta investigación se ha plateado, establecer los elementos de la filosofía crítica de Kant que hacen posible la condición de universalidad y necesidad en el derecho. Así mismo los objetivos específicos serán los siguientes: Describir la condición de universalidad y necesidad que el autor presenta, en la Crítica de la razón pura, a nivel del conocimiento teórico; presentar el imperativo categórico, establecido por Kant en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, como la condición de universalidad del conocimiento moral. Y demostrar cómo Kant, en la Metafísica de las Costumbres, plantea la necesidad de la condición de universalidad y necesidad para el derecho. Otfried Höffe, plantea la necesidad de volver a Kant. Gran parte de sus preocupaciones teóricas giran en torno a analizar el pensamiento de Kant en torno a la justicia. En textos como: Ethik und Politik (1979) varios capítulos están dedicados a este tema, asimismo en textos como Justicia Política (1987) y Kategorische Rechtsprinzipien: Ein Kontrapunkt der Moderne ( 1990) 1 ; en este último, Höffe busca entablar un diálogo con Kant acerca de la teoría del derecho y del Estado, pues considera que una vuelta a Kant y, más concretamente, a la doctrina del derecho y de los escritos políticos permitirían un adecuado entendimiento del pluralismo y el individualismo que caracterizan a las formas de vida modernas, que solo se mantendrían en el marco de principios jurídicos categóricos y universalmente vinculantes como, por ejemplo, los derechos humanos. Así mismo Höffe, en su texto Politische Gerechtigkeit (1987), señala que, en la modernidad, lo relativo a la política adopta un orden jurídico y estatal; que por medio de la justicia política se diferencian las formas legítimas de las no legítimas designando así un aspecto moral del derecho y del Estado. La justicia política pretende la legitimación y limitación del derecho y del Estado, y según el autor, se constituye en el elemento fundamental de una crítica moral. En esa medida, para realizar una crítica al derecho y al Estado, bajo la rúbrica de la justicia política, esta debe tener el significado de una crítica ética del poder. Con lo anterior, el autor busca los criterios y las condiciones del poder justo, distinguiendo las formas justas e injustas de dominio y afirmando que con argumentos morales se indican los límites de un Estado omnipotente, el Leviatán. (Höffe, 2003). De la misma manera Höffe señala que su propuesta de volver a Kant se debe de alguna manera al planteamiento teórico desarrollado por John Rawls en su obra sobre la Justicia (1971); pues constituye un acontecimiento fundamental en la renovación del pensamiento político y moral. Rawls plantea que durante mucho tiempo la teoría predominante en la filosofía moral moderna ha sido el utilitarismo, y por esta razón pretende tomar la concepción tradicional de contrato social y llevarlo a un plano más elevado de abstracción para que el resultado de su teoría sobre el contrato social sea de naturaleza kantiana; y por ello Rawls no reconoce nada de originalidad en su propuesta, pues su pretensión es tomar esas ideas y organizarlas dentro de un marco general que permita ver las características esenciales de su concepto propio sobre la justicia, que hace parte de la tradición contractualista. (Rawls, 1971) La convicción más importante para Rawls es que las instituciones básicas de la sociedad no deben diferenciarse sólo por ser ordenadas y eficientes, sino también por ser justas. Este planteamiento obligó a revisar y repensar las diferentes concepciones en la filosofía política y del derecho. Su contribución es tan importante que permitió retomar varias preguntas morales que habían sido abandonadas por mucho tiempo. Dicha contribución va más allá de aportar unos principios y fundamentos, sino que se ocupa de varios aspectos no periféricos y sociales de las sociedades democráticas. Para esta investigación se tendrá en cuenta lo desarrollado por Kant en lo que se conoce como periodo crítico, en el que se encuentran, entre otras, las tres principales obras que exponen sus ideas de madurez: Crítica de razón pura, Crítica de la razón práctica y Crítica del juicio, publicadas entre 1781 y 1790. En la Crítica de la razón pura, Kant se ocupó del problema de la metafísica preguntándose por sus posibilidades y sus condiciones. En esta misma obra, Kant también realiza una investigación sobre las posibilidades del conocimiento humano; a su método de investigación lo llamó, método trascendental. Siguiendo los resultados de ciencias como la matemática y la física, Kant admite la existencia de conocimientos universales y necesarios, señalando que tienen origen en un principio racional. La tarea crítica de Kant no sólo abarcó el campo de la razón teórica, sino el de la razón práctica. Esta tarea la desarrolla en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres y en la Crítica de la razón práctica. Kant, en estos textos, busca establecer en qué se fundamenta la moral a priori en general, y su objetivo era saber si es posible una razón práctica pura. En el primer texto, establece la fórmula de la ley moral, en lo que se conoce como imperativo categórico; encuentra la formulación del imperativo categórico, partiendo de los juicios morales de la conciencia común. En el segundo texto, partiendo de la ley moral ya conocida, y para explicar las condiciones trascendentales que ella implica, a través de los conceptos de autonomía de la voluntad y libertad, establece las condiciones de posibilidad de la ley moral. En la primera parte de la Metafísica de las Costumbres, la Doctrina el derecho, que escribe casi al final de su vida, no se considera ni un tratado ni una historia sobre el derecho, sino más bien el establecimiento de la posibilidad, las condiciones, la validez y el espíritu del derecho. Kant expone en este texto la posibilidad de la doble vía de desarrollo práctico moral en la vida humana; por un lado, estaría la legislación ética o como él la llama legislación interna, y por otro, la legislación jurídica o externa. Esta última pretende regular la compatibilidad universal de las libertades de todos en sus relaciones en la sociedad a través de una legislación pública de las acciones que preserve la autonomía de los individuos. (Kant, 2005) En el ámbito del derecho, la justicia para Kant, según su concepto moral, es la forma racional de garantizar a todos un mínimo de dignidad humana para ser felices, es decir, la libertad de elegir cómo quiere cada uno buscar esa felicidad sin depender del arbitrio de otro. Esta libertad de arbitrio es un derecho innato, y el conjunto de la legislación jurídica debe garantizar de manera igual y universal ese derecho. Kant considera que lo anterior solo es posible estableciendo una comunidad jurídica a través del contrato. Así pues, no sólo en la Metafísica de las Costumbres, sino en escritos como Hacia la paz perpetua y Entorno al tópico: eso vale para la teoría, pero no sirve de nada en la práctica, Kant define la estructura jurídico-política de ese contrato. En el texto Entorno al tópico, en su sección segunda, Kant se centra en desarrollar sus ideas sobre el derecho político, presentando su idea de contrato originario, así como sus ideas a priori sobre la independencia, la libertad, la igualdad y el Estado civil. Sin embargo, un pensamiento jurídico político más elaborado se encuentra desarrollado en Hacia la paz perpetua. Este ensayo está marcado por un enfoque que defiende la dimensión pacifista del derecho y una política duradera de paz. El propósito de Kant es definir las condiciones jurídico-normativas para una política racional de paz entre los Estados. Estos Estados son resultado de una constitución republicana que reconoce al pueblo como un sujeto de derechos. La figura del contrato, que brinda seguridad jurídica, le sirve a Kant para señalar la viabilidad de la exigencia práctica de una política de paz. Otro de los textos que se considera importante revisar es Antropología práctica, en éste Kant va a describir al hombre en sus disposiciones naturales y cómo el carácter verdaderamente humano, que para Kant no es otra cosa que la libertad, sirve luego para comprender sus planteamientos a nivel de la filosofía moral y del derecho. Ahora bien, dada la naturaleza de la investigación el método que se usará será el hermenéutico interpretativo. Se realizará la revisión y análisis bibliográfico de las principales obras de la filosofía crítica para rastrear y comprender los diferentes planteamientos kantianos que podrían servir como fundamento del derecho. Este trabajo consta de tres capítulos, el primero se titula Universalidad y necesidad en la razón teórica, en este capítulo se establecerán los conceptos de universalidad y necesidad que Kant presenta en la Crítica de la razón pura, como condiciones fundamentales de la ciencia y que están presentes en la tarea de buscar que la metafísica tomara el camino de la ciencia; a través de conceptos como: la revolución copernicana, los principios de la sensibilidad a priori (en adelante psap), los conceptos y categorías, la síntesis y la deducción de los conceptos puros del entendimiento. En el segundo capítulo titulado Universalidad y necesidad en la razón práctica, se explicará la idea de imperativo categórico, que expone Kant en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres y en la Crítica de la razón práctica, obras que ofrecen una crítica a la moralidad y preparan el camino para la Metafísica de las Costumbres. Para evidenciar cómo con estas obras se modificaron los planes iniciales de Kant sobre la filosofía moral, así como la visión crítica que se ocupa específicamente de las cuestiones prácticas y para las cuales no fue suficiente lo dicho el capítulo titulado Canon de la razón pura, de la Crítica de la razón pura. Y el tercer capítulo, titulado Universalidad y necesidad en el derecho, pretende mostrar la concepción de derecho en Kant, la cual implica la necesidad de un a priori de la razón, es decir que cumpla con la condición de universalidad y necesidad, se señalará los fundamentos morales comunes que hay en entre el derecho y la moral, así como sus diferencias. Y, en seguida, se mostrará la concepción sobre el derecho.