La pertinencia del enfoque de género, como una garantía para el ejercicio del derecho al acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar

La violencia intrafamiliar en Colombia es un fenómeno social que ha alcanzado niveles impactantes, siendo el grupo poblacional de las mujeres, el más afectado. Así lo reveló el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el reciente informe “Forensis Datos Para la Vida” (2016), en el cual se...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Murillo Rodríguez, María Del Pilar
Formato: Trabajo de grado (Bachelor Thesis)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: 2019
Materias:
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10901/18720
id ir-10901-18720
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spelling Mahecha Sánchez, Gloria Andrea
Murillo Rodríguez, María Del Pilar
Bogotá
2021-01-21T16:57:23Z
2021-01-21T16:57:23Z
2019
https://hdl.handle.net/10901/18720
Universidad Libre
reponame: Repositorio Institucional Universidad Libre
La violencia intrafamiliar en Colombia es un fenómeno social que ha alcanzado niveles impactantes, siendo el grupo poblacional de las mujeres, el más afectado. Así lo reveló el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses en el reciente informe “Forensis Datos Para la Vida” (2016), en el cual se señala que la violencia intrafamiliar que se perpetuó contra las mujeres de la tercera edad fue del 50,70% del 100% de todos los casos registrados por el Instituto ; igualmente señala el Instituto de Medicina Legal que la violencia que se ejerce contra las mujeres por parte de otros familiares diferentes a la pareja, alcanzó en el 2016 un registro de 14,738 casos, de los cuales el 67,73% de los casos fueron contra la mujer; siendo el factor desencadenante de la violencia el machismo con el 75,27% del 100% de los casos. Ahora bien, respecto de esta delicada situación que se ha vivido a lo largo de la historia, Colombia ha realizado diversos esfuerzos para enfrentar el fenómeno de la violencia intrafamiliar; uno de ellos, fue la promulgación del Decreto 1477 del año 2000 que creó las Comisarias de Familia con el fin, entre otros, de garantizar el acceso a la justicia, y brindar orientación e información jurídica y de derechos humanos con énfasis en violencia intrafamiliar. Estos centros de multi servicios prestados por el Estado, son la aproximación más expedita que tienen las comunidades para acudir a las autoridades en busca de la protección de sus derechos fundamentales cuando se presentan casos de violencias en el seno de la familia, principalmente. Así mismo, Colombia en cumplimiento con sus obligaciones internacionales en materia de protección de los derechos humanos de las mujeres, promulgó la Ley 1257 de 2008, “por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres” (Congreso de Colombia 4 de diciembre de 2008. [Ley 1257 de 2008]. DO: 47193). Esta norma es uno de los avances normativos más significativos en perspectiva de garantizar una vida libre de violencias para las mujeres; modificó a través de su artículo 17 las medidas de protección que ya estaban previstas en la Ley 294 de 1996, creando así, 17 medidas de protección y una medida innominada como herramientas concretas para luchar contra la violencia intrafamiliar específicamente aquella que se ejerce hacia las mujeres. Estas medidas de protección buscan poner fin a las violencias o agresiones (bien sea, física, emocional, psicológica u económica) que están padeciendo las mujeres en sus contextos familiares; así mismo, estas medidas se caracterizan porque pueden ser de fácil aplicación por las autoridades y porque todas ellas se corresponden entre sí, es decir, tienen un componente de integralidad, que abrigan a la mujer en los diferentes espacios de su vida pública y privada para proteger su vida e integralidad tanto física como emocional. Estas medidas pretenden igualmente “garantizar independencia económica, viabilizar el restablecimiento de los derechos y la prevención de futuras situaciones de violencia (medidas en el ámbito del trabajo); asegurar la cualificación formativa o su permanencia en el sistema educativo (medidas en el ámbito de la educación); garantizar la atención integral en salud y el correlativo acceso a alojamiento, alimentación y transporte o, en su defecto, a un subsidio monetario para el periodo de transición hacia su restablecimiento (medidas en el componente de salud); y para el acceso a un recurso judicial efectivo para la protección de sus derechos y la sanción de los hechos (justicia.)” (Coorporación Sisma Mujer, 2016, pág. 61) Sin embargo, las mujeres que son agredidas y que acuden a las comisarías de familia (autoridad, entre otras, responsable de atender la violencia intrafamiliar en Colombia) para ser atendidas y protegidas en sus derechos, no logran acceder a la justicia de manera tal que puedan recibir los beneficios integrales que ofrece las mencionadas medidas de protección en materia de justicia de la Ley 1257. Veamos Al respecto la organización Sisma Mujer que acompaña a mujeres víctimas del conflicto armado y representa a mujeres víctimas de violencia sexual y doméstica, en regiones como la costa atlántica, la región pacífica y la andina publicó en el mes de noviembre del 2016 en la cuidad de Bogotá el informe “Ley 1257 de 2008, ocho años de obstáculos en la protección integral para las mujeres víctimas de violencias” en el cual se identificó que en las comisarías de familia existen múltiples obstáculos en el acceso a la de justicia para las mujeres. Entre los obstáculos más graves se resaltan: las deficiencias para ordenar las medidas de protección de manera integral; así como la omisión para hacerlas cumplir y para hacerles seguimiento; igualmente se encontró la existencia de un enfoque familista ; y la no interiorización de la ley 1257 de 2008 (Corporación Sisma Mujer, 2016, pág. 64) Igualmente la “Mesa por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, Ley 1257 de 2008” que es un espacio colectivo de investigación y seguimiento permanente en relación con el estado de cumplimiento de esta ley, y que reúne a más de 70 organizaciones de mujeres a lo largo y ancho de toda Colombia, ha señalado en su II Informe de Seguimiento a la Implementación de la Ley 1257 que: Las organizaciones de la Mesa cuentan con experiencia en el trámite de las medidas integrales de protección en los ámbitos de justicia, salud, educación y trabajo de la Ley 1257 de 2008, a favor de las mujeres víctimas de violencias. Sobre la base de dicha experiencia, a continuación presentamos una serie de obstáculos existentes para garantizar la efectividad del modelo de protección integral, relacionados con: (i) la inobservancia de las autoridades del modelo de protección integral previsto en la Ley 1257; (ii) la falta de conocimiento de las autoridades competentes sobre su facultad para ordenar las medidas, y de las entidades responsables para cumplirlas; (iii) la persistencia de un enfoque familista en el trámite y la aplicación de las medidas … En términos generales la mesa encontró una serie de dificultades en relación con la información entregada por las entidades territoriales . Se observa que el trámite de la conciliación existe soporte sobre la protección del derecho de las mujeres a no ser confrontadas con el agresor. Por último, es necesario señalar que la generalidad de las comisarías del país siguen adelantando el trámite y la adopción de las medidas de protección con base en las normas relativas al derecho de familia y no con fundamento en la ley 1257 de 2008 y su reglamentación. (Mesa por la Ley 1257 de 2008, 2013, pág. 29) Otro aspecto que permite valorar la vulneración del derecho al acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar en las comisarías de familia, son las observaciones que realizó las Naciones Unidas a través del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, al Estado Colombiano, en función del cumplimiento de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW- (por sus siglas en inglés). En este documento el Comité señaló: La preocupación por la alta prevalencia de la violencia contra la mujer, en particular la violencia doméstica y sexual, a pesar del amplio marco jurídico que aborda la violencia contra la mujer en el Estado parte. También le preocupan: Las incoherencias y la falta de articulación en el marco regulador de la Ley núm. 1257 (2008), así como la falta de una coordinación eficaz entre los diferentes ministerios e instituciones gubernamentales que se encargan de su aplicación, lo que se traduce en un acceso insuficiente de las mujeres a las medidas de protección y apoyo previstas en ese marco. (Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 2013, pág. 4) [Negrillas fuera de texto] Así las cosas, y con este panorama, el cual se abordará más pausadamente en los correspondientes capítulos, el presente trabajo de investigación sugiere que la perspectiva de género, [entendida esta como una categoría de análisis y de praxis que devela desde las miradas de los géneros las relaciones de poder que se construyen en perjuicio y detrimento de las mujeres] podría contribuir a la superación de los mencionados obstáculos en las comisarías de familia. En este sentido vale preguntarse, ¿por qué es pertinente, que las comisarías de familia apliquen el enfoque de género en las medidas de protección establecidas en la ley como efectivo acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar? Para responder esta pregunta, se adelantó un trabajo de campo, el cual se desarrolló de acuerdo con los parámetros de una investigación cualitativa. Se desarrollaron tres entrevistas a mujeres expertas en el tema de género en el país, de manera que a través de sus amplias experiencias se pudiese valorar si resultaría pertinente o no la aplicación del enfoque de género en las Comisarías de Familia como una posible contribución al acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar En este sentido la unidad de análisis para desarrollar las entrevistas fue el enfoque de género y las categorías fueron (i) el reconocimiento de una subordinación y dominación hacia la mujer, (ii) las relaciones de poder; (iii) la construcción social del género y (iv) los efectos prácticos de esa construcción social. Ahora bien, la presente monografía en su objetivo general pretende demostrar que la aplicación del enfoque de género en las comisarías de familia es una garantía en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, en consecuencia en el primer capítulo se encuentra la contextualización y la demostración de la existencia de un problema jurídico real. El objetivo de este primer capítulo es evidenciar la situación de violencia que sufren las mujeres en espacios intrafamiliares así como evidenciar los obstáculos o fallas institucionales en las que ha incurrido las comisarías de familia.
Universidad Libre – Facultad de Derecho -- Derecho
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Ahora bien, respecto de esta delicada situación que se ha vivido a lo largo de la historia, Colombia ha realizado diversos esfuerzos para enfrentar el fenómeno de la violencia intrafamiliar; uno de ellos, fue la promulgación del Decreto 1477 del año 2000 que creó las Comisarias de Familia con el fin, entre otros, de garantizar el acceso a la justicia, y brindar orientación e información jurídica y de derechos humanos con énfasis en violencia intrafamiliar. Estos centros de multi servicios prestados por el Estado, son la aproximación más expedita que tienen las comunidades para acudir a las autoridades en busca de la protección de sus derechos fundamentales cuando se presentan casos de violencias en el seno de la familia, principalmente. 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Estas medidas de protección buscan poner fin a las violencias o agresiones (bien sea, física, emocional, psicológica u económica) que están padeciendo las mujeres en sus contextos familiares; así mismo, estas medidas se caracterizan porque pueden ser de fácil aplicación por las autoridades y porque todas ellas se corresponden entre sí, es decir, tienen un componente de integralidad, que abrigan a la mujer en los diferentes espacios de su vida pública y privada para proteger su vida e integralidad tanto física como emocional. Estas medidas pretenden igualmente “garantizar independencia económica, viabilizar el restablecimiento de los derechos y la prevención de futuras situaciones de violencia (medidas en el ámbito del trabajo); asegurar la cualificación formativa o su permanencia en el sistema educativo (medidas en el ámbito de la educación); garantizar la atención integral en salud y el correlativo acceso a alojamiento, alimentación y transporte o, en su defecto, a un subsidio monetario para el periodo de transición hacia su restablecimiento (medidas en el componente de salud); y para el acceso a un recurso judicial efectivo para la protección de sus derechos y la sanción de los hechos (justicia.)” (Coorporación Sisma Mujer, 2016, pág. 61) Sin embargo, las mujeres que son agredidas y que acuden a las comisarías de familia (autoridad, entre otras, responsable de atender la violencia intrafamiliar en Colombia) para ser atendidas y protegidas en sus derechos, no logran acceder a la justicia de manera tal que puedan recibir los beneficios integrales que ofrece las mencionadas medidas de protección en materia de justicia de la Ley 1257. Veamos Al respecto la organización Sisma Mujer que acompaña a mujeres víctimas del conflicto armado y representa a mujeres víctimas de violencia sexual y doméstica, en regiones como la costa atlántica, la región pacífica y la andina publicó en el mes de noviembre del 2016 en la cuidad de Bogotá el informe “Ley 1257 de 2008, ocho años de obstáculos en la protección integral para las mujeres víctimas de violencias” en el cual se identificó que en las comisarías de familia existen múltiples obstáculos en el acceso a la de justicia para las mujeres. Entre los obstáculos más graves se resaltan: las deficiencias para ordenar las medidas de protección de manera integral; así como la omisión para hacerlas cumplir y para hacerles seguimiento; igualmente se encontró la existencia de un enfoque familista ; y la no interiorización de la ley 1257 de 2008 (Corporación Sisma Mujer, 2016, pág. 64) Igualmente la “Mesa por el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, Ley 1257 de 2008” que es un espacio colectivo de investigación y seguimiento permanente en relación con el estado de cumplimiento de esta ley, y que reúne a más de 70 organizaciones de mujeres a lo largo y ancho de toda Colombia, ha señalado en su II Informe de Seguimiento a la Implementación de la Ley 1257 que: Las organizaciones de la Mesa cuentan con experiencia en el trámite de las medidas integrales de protección en los ámbitos de justicia, salud, educación y trabajo de la Ley 1257 de 2008, a favor de las mujeres víctimas de violencias. Sobre la base de dicha experiencia, a continuación presentamos una serie de obstáculos existentes para garantizar la efectividad del modelo de protección integral, relacionados con: (i) la inobservancia de las autoridades del modelo de protección integral previsto en la Ley 1257; (ii) la falta de conocimiento de las autoridades competentes sobre su facultad para ordenar las medidas, y de las entidades responsables para cumplirlas; (iii) la persistencia de un enfoque familista en el trámite y la aplicación de las medidas … En términos generales la mesa encontró una serie de dificultades en relación con la información entregada por las entidades territoriales . Se observa que el trámite de la conciliación existe soporte sobre la protección del derecho de las mujeres a no ser confrontadas con el agresor. Por último, es necesario señalar que la generalidad de las comisarías del país siguen adelantando el trámite y la adopción de las medidas de protección con base en las normas relativas al derecho de familia y no con fundamento en la ley 1257 de 2008 y su reglamentación. (Mesa por la Ley 1257 de 2008, 2013, pág. 29) Otro aspecto que permite valorar la vulneración del derecho al acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar en las comisarías de familia, son las observaciones que realizó las Naciones Unidas a través del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, al Estado Colombiano, en función del cumplimiento de la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW- (por sus siglas en inglés). En este documento el Comité señaló: La preocupación por la alta prevalencia de la violencia contra la mujer, en particular la violencia doméstica y sexual, a pesar del amplio marco jurídico que aborda la violencia contra la mujer en el Estado parte. También le preocupan: Las incoherencias y la falta de articulación en el marco regulador de la Ley núm. 1257 (2008), así como la falta de una coordinación eficaz entre los diferentes ministerios e instituciones gubernamentales que se encargan de su aplicación, lo que se traduce en un acceso insuficiente de las mujeres a las medidas de protección y apoyo previstas en ese marco. 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Ahora bien, la presente monografía en su objetivo general pretende demostrar que la aplicación del enfoque de género en las comisarías de familia es una garantía en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, en consecuencia en el primer capítulo se encuentra la contextualización y la demostración de la existencia de un problema jurídico real. El objetivo de este primer capítulo es evidenciar la situación de violencia que sufren las mujeres en espacios intrafamiliares así como evidenciar los obstáculos o fallas institucionales en las que ha incurrido las comisarías de familia.
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