Sumario: | Es necesario establecer realmente como surge a la vida jurídica el Derecho Disciplinario, por cuanto aún hay pautas que permiten pasar esta clase de derecho a un tipo administrativo o incluso a uno penal, sin advertir que el derecho disciplinario tienen como naturaleza o como fin la regulación de las conductas de quienes se encuentran laborando a órdenes del estado, por lo que hay que verlo como una rama independiente con carácter especial por lo que solamente se remite a observar y vigilar la conductas de este grupo y se aleja de las pautas establecidas para la convivencia y reglamentación de los ciudadanos en general, por cuanto, esto es materia del derecho penal e inclusive de la forma en que estos se comunican con la administración por cuanto esto es materia del derecho administrativo, los cuales si bien han tenido incidencia en la creación del derecho disciplinario y lo alimentan, este último no hace parte integrante de ellos.
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