Sumario: | La presente investigación estudia el artículo 57 de la Ley 1437 de 2011, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual introdujo la posibilidad que las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones, pudieran emitir válidamente Actos Administrativo por medios Electrónicos, sin que se indicara la definición, las características y la forma en la que se debía emitir este tipo de decisiones. Se pudo determinar como elemento más importante y a la vez la dificultad más grande para su implementación a la Firma Digital, en donde se concluyó que el sistema de certificación de firma digital previsto en la Ley 527 de 1999, que fue establecido para el comercio electrónico y su principal usuario era el particular, no es el más apto para certificar las firmas digitales de los Actos Administrativos Electrónicos establecidos en el artículo 57 del CPACA, por cuanto hace incurrir en altos costos a las entidades públicas, dando como resultado que la implementación del Acto Administrativo Electrónico sea de difícil ejecución.
|