Ineficacia de la conciliación extrajudicial en lo contencioso administrativo

La conciliación extrajudicial en lo Contencioso Administrativo fue creada con el propósito de cumplir una doble finalidad; por un lado, para que dos o más posibles sujetos procesales solucionen sus diferencias y, por otro, evitar la congestión de procesos en los despacho judiciales; pero las estadís...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores Principales: Guerra Jiménez, Oswaldo Iván, Lozano Beltrán, César
Otros Autores: Blanco Rodríguez, Jinyola
Formato: Trabajo de grado (Bachelor Thesis)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: Universidad Militar Nueva Granada 2015
Materias:
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10654/12577
Descripción
Sumario:La conciliación extrajudicial en lo Contencioso Administrativo fue creada con el propósito de cumplir una doble finalidad; por un lado, para que dos o más posibles sujetos procesales solucionen sus diferencias y, por otro, evitar la congestión de procesos en los despacho judiciales; pero las estadísticas en esta materia muestran un contexto totalmente diferente. Actualmente se encuentra establecido en el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009 y en el numeral 1 del artículo 161 de la Lay 1437 de 2011, como requisito de procedibilidad para poder ejercer los medios de control determinados en los artículos 138, 140 y 141 del CPACA. Existen tratadistas que elogian este mecanismo, situación que no se comparte puesto que de las numerosas solicitudes tramitadas son muy pocas las que terminan en un acuerdo, generándose un doble desgaste.