Fundamentación Ideológica de la responsabilidad sin falta en el derecho público colombiano

Constantemente se aludirá de manera genérica al concepto de “responsabilidad sin falta” para significar con ello todo lo que muy autorizadas voces, con ánimo académico o teórico, y de seguro movidas a explicar y esclarecer el alcance de sus posturas, matizan bajo las categorías facilitadoras de daño...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: García Forero, Fernando Alberto
Otros Autores: Bermúez Muñoz, Martín
Formato: Tesis de maestría (Master Thesis)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: Maestria en Derecho Administrativo 2002
Materias:
Acceso en línea:https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21351
Descripción
Sumario:Constantemente se aludirá de manera genérica al concepto de “responsabilidad sin falta” para significar con ello todo lo que muy autorizadas voces, con ánimo académico o teórico, y de seguro movidas a explicar y esclarecer el alcance de sus posturas, matizan bajo las categorías facilitadoras de daño especial, riesgo excepcional, alea terapéutica y hasta responsabilidad por el hecho de la ley. Dichas categorías sirven para distinguir el régimen a la luz del cual se analizará la naturaleza del daño, pero al final, detrás de sus diferentes presentaciones, el hilo conector que llega a la declaratoria de responsabilidad (sin falta), siempre parte de un origen común, que no es otro que el indeclinable ánimo de impedir que con ocasión de la correcta actividad estatal se graven, con notoria diferencia y sin considerar su capacidad, más unos ciudadanos que otros, causando evidente desequilibrio en las cargas públicas que ellos soportan en aras del bienestar general de la sociedad.