Medidas de coerción: historia y actualidad

Las medidas de coerción corresponden a las herramientas que el Estado a través del poder judicial puede utilizar para hacer efectivo su ejercicio. En todos los campos del derecho podemos identificar medidas conocidas como “Cautelares” y las medidas de coerción son una especie de ellas. En materia ci...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Navarrete R., Juan Francisco
Otros Autores: Forero-Ramirez, Juan Carlos
Formato: Trabajo de grado (Bachelor Thesis)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: Especialización en Derecho Procesal 2005
Materias:
Acceso en línea:https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21287
Descripción
Sumario:Las medidas de coerción corresponden a las herramientas que el Estado a través del poder judicial puede utilizar para hacer efectivo su ejercicio. En todos los campos del derecho podemos identificar medidas conocidas como “Cautelares” y las medidas de coerción son una especie de ellas. En materia civil, administrativa, laboral y comercial existen diversas figuras ”cautelares” previstas por el legislador para que en forma provisional y preventiva se garantice un “estatus quo” y la comparecencia e interés en el proceso judicial de las partes hasta que se produzca una decisión judicial que defina el asunto en litigio. En materia penal estas medidas cautelares son las herramientas de coerción para “garantizar el normal desarrollo del proceso y por lo tanto la eficaz aplicación del ius puniendi”1, su función ha sido definida en términos generales por vía jurisprudencial2 para explicar la razón que permite entender la restricción de derechos amparados Constitucionalmente en forma anticipada a la declaratoria judicial de responsabilidad. Es claro que su carácter provisional y preventivo, en orden al aseguramiento de la prueba y la comparecencia del presunto responsable, constituye el género coincidente en todas las legislaciones, independientemente de la redacción y preeminencia que cada momento histórico legislativo le da a uno u otro elemento o elementos que adicionalmente se expongan, sin embargo, el punto nodal de discusión en este asunto deberá girar en torno a la concepción de mecanismos que permitan el fin pero respetando el principio de presunción de inocencia, marco dentro del cual resultaría inadecuada la aplicación de cualquier medida restrictiva.