Siete principios para un sistema objetivo de propiedad industrial

La propiedad industrial, tradicionalmente mercantil, se ha convertido en herramienta del derecho de la competencia, pero a pesar de su importancia no es tratada aún de manera uniforme por parte de los operadores jurídicos andinos, quienes no poseen un modelo jurídico común, ni patrones objetivos res...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Villamizar-Villar, Sergio
Otros Colaboradores: Universidad del Rosario
Formato: Artículo (Article)
Lenguaje:Español (Spanish)
Publicado: Universidad del Rosario 2010
Materias:
Acceso en línea:https://revistas.urosario.edu.co/index.php/sociojuridicos/article/view/354
http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/17669
Descripción
Sumario:La propiedad industrial, tradicionalmente mercantil, se ha convertido en herramienta del derecho de la competencia, pero a pesar de su importancia no es tratada aún de manera uniforme por parte de los operadores jurídicos andinos, quienes no poseen un modelo jurídico común, ni patrones objetivos respecto a los fenómenos de confundibilidad y distintividad. Dichos operadores carecen también de especialización comercial y desconocen a nivel judicial y administrativo los elementos del mercado común y el alcance de las marcas de comercio, por ello los métodos difieren entre corporaciones, generan variedad de fallos, se alejan de la sana crítica y generan especulación e inestabilidad jurídica. Tal variedad impide estructurar jurisprudencialmente el derecho de los activos intangibles. El cambio de perfil y de la actitud subjetiva de los falladores por un modelo jurídico objetivo comercial, beneficiará al mercado con jueces más cultos, armonizará la oferta pública de justicia y producirá certeza y seguridad jurídica, como garantías de la libre decisión económica y de la competencia en términos de igualdad en la economía de mercado.