Sumario: | La Constitución Política de Colombia en su artículo 116, estableció la potestad para los particulares de administrar justicia, asunto que a su vez fue regulado en la Ley 1563 de 2012, donde se estableció que los árbitros puedan dirimir los conflictos suscitados de una relación contractual en la que interviene el Estado como una de las partes. Sin embargo, esta función debe enmarcarse dentro de unos límites constitucionales y legales, que impiden que los laudos traten temáticas que no son de su competencia, este es precisamente el tema a desarrollar en este trabajo de investigación, donde se proponen parámetros para restringir la actividad de los árbitros frente al estudio de la Legalidad de los actos administrativos contractuales expedidos bajo el ejercicio de potestades excepcionales.
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