Sumario: | Este artículo tiene como objetivo abordar de manera teórica conceptos como confianza legítima, teoría de los actos
propios y buena fe, así como estudiar a través de la jurisprudencia de las diferentes cortes, algunos de los eventos
de configuración que han generado la declaratoria de responsabilidad. El resultado del análisis permite concluir que
tanto en la esfera del derecho privado como del público la vulneración, defraudación o el desconocimiento de la
confianza legítima generan responsabilidad.
De manera particular, se encontró que en los últimos años el Consejo de Estado ha planteado que la trasgresión de
la confianza legítima es un fundamento autónomo de responsabilidad; desechando sin mayor justificación que en
eventos como el desalojó de vendedores ambulantes o en casos en donde el Estado aún con su actuar lícito ha
desconocido dicho principio, se han aplicado otros regímenes como la falla del servicio o el daño especial.
Permitiendo concluir que, para declarar responsable al Estado por defraudación del principio de confianza legítima
no es necesario formular o crear un nuevo título de imputación.
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