Sumario: | En la estructura de la Ley 100 de 1993, el servicio público de salud es prestado
por las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) que, en el
caso de las públicas, corresponde a los hospitales, organizados en empresas
sociales del Estado (ESE). La apertura del sistema de salud al sector privado
introdujo la concurrencia y competencia de actores privados y públicos en la
prestación del servicio, razón por la cual la misma ley estableció el régimen
jurídico de derecho privado en la contratación de las empresas sociales del
Estado (art. 195.6). ¿Podría deducirse de ello que el régimen jurídico del
servicio de salud prestado por estas empresas es igualmente de derecho
privado? En principio, la respuesta sería afirmativa.
|