Sumario: | La monografía tiene como objetivo establecer criterios objetivos orientadores para la cuantificación del perjuicio moral por culpa patronal, artículo 216 del CST; ya que existe disparidad de montos evidentes en la condena por este perjuicio en casos semejantes, para la cuantificación se aplica exclusivamente un régimen subjetivo del juzgador, denominado “arbitrum judicis”. Esto genera inequidad, injusticia, además de inseguridad jurídica, tal y como se analizó en la jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 31 de octubre de 2012 al 30 de junio de 2021. El problema jurídico a resolver consistió en determinar si era ¿necesario establecer criterios objetivos? y en caso afirmativo, ¿cuáles serían?, la respuesta es positiva, y por eso se propuso para la cuantificación del perjuicio moral un sistema mixto conformado por un régimen subjetivo (arbitrum judicis) y uno objetivo, en el cual se establecieron criterios orientadores en caso de fallecimiento y/o lesiones del trabajador a causa de un accidente de trabajo y/o enfermedad laboral; proponiendo rangos de acuerdo con determinadas circunstancias, teniendo como eje fundamental la obligatoriedad del juzgador de motivar suficientemente sus decisiones judiciales.
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