Sumario: | Los límites al uso de la fuerza se rigen por los paradigmas de mantenimiento del orden público y de conducción de hostilidades,
que corresponden al marco jurídico de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario,
respectivamente. Colombia actualmente se encuentra en una crisis de legitimidad de la fuerza pública y del Ejército Nacional, la
cual se ha exacerbado por la gran cantidad de denuncias sobre el uso desproporcionado de la fuerza. Esto supone la necesidad
y la urgencia de proponer alternativas de solución innovadoras que respondan a dicha crisis, y la Sección Tercera del Consejo de
Estado juega un papel muy importante para determinar la responsabilidad estatal y las medidas de reparación que reconozcan la
gravedad de lo sucedido y que propendan por la no repetición de estos hechos.
En ese orden de ideas, el presente documento tiene como objetivo analizar los elementos que deben orientar la imputación de
responsabilidad patrimonial del Estado respecto al uso de la fuerza a partir de un estudio detallado de los estándares en la
materia y de la jurisprudencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado.
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