Sumario: | El contrato es el corazón del derecho civil, porque es la máxima expresión
de la autonomía privada, y esta es el fundamento y la sustancia misma del
derecho civil. ¿Y cuál es el corazón del contrato, del derecho de los contratos?
Yo considero que es el sistema de los remedios contractuales: porque la verdadera
relevancia, el sentido profundo de la disciplina legal del contrato, no
se manifiestan en las situaciones fisiológicas en las que el contrato nace con
normalidad y funciona con normalidad, sino en los casos en los cuales su modo
de ser y de funcionar presenta alguna patología, cuando el contrato padece de
algún defecto o perturbación que lo convierten en un contrato problemático.
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