Sumario: | La garantía del derecho a la participación ambiental incluye a todos los afectados en la decisión administrativa, pues solo mediante la apertura de verdaderos espacios de diálogo efectivo y significativo con la población se garantiza resolver e incluso evitar los conflictos ambientales. Bajo esta premisa, el propósito del presente artículo es delimitar los avances jurisprudenciales del derecho a la participación, identificando los precedentes aplicables en materia de solución de controversias ambientales que la Corte Constitucional ha desarrollado a lo largo de sus valoraciones y pronunciamientos, por medio de la técnica de estudio de casos comparados que recoge tres sentencias hito: la delimitación del páramo de Santurbán, el río Atrato como sujeto de derecho y el arroyo Bruno como garantía de participación.
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